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Registro de Celulares en México: ¿Qué números deben registrarse antes del 15 de agosto?

El 31 de agosto es la fecha limite para realizar el registro si cuentas con terminación 1

Registro de Celulares en México: ¿Qué números deben registrarse antes del 15 de agosto?

Ante la baja participación ciudadana en la vinculación de líneas telefónicas, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para registrar los números celulares y enlazarlos con la CURP de cada usuario.

Esta medida forma parte de una estrategia nacional de identificación iniciada a principios de 2026, la cual busca inhibir delitos como la extorsión y el fraude al eliminar el anonimato. Aunque el plazo general concluye el último día de diciembre, el proceso se realizará de manera escalonada.

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Cronograma para el registro obligatorio de líneas telefónicas

Para ordenar este trámite obligatorio que aplica tanto en la modalidad de prepago como de pospago para todas las compañías del país, como Telcel, AT&T, Movistar y Bait, las autoridades establecieron un calendario basado en el último dígito del número telefónico. De este modo, las fechas límites quedaron distribuidas de la siguiente manera:

 Terminación 1: 31 de agosto

 Terminación 2: 15 de septiembre

 Terminación 3: 30 de septiembre

 Terminación 4: 15 de octubre

 Terminación 5: 31 de octubre

 Terminación 6: 15 de noviembre

 Terminación 7: 30 de noviembre

 Terminación 8: 15 de diciembre

 Terminación 9: 31 de diciembre

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Consecuencias y procedimiento para usuarios incumplidos

Es importante destacar que las líneas con terminación cero u otros casos específicos se integrarán conforme a los lineamientos que las empresas comuniquen o dentro del periodo general establecido.

Si un usuario no realiza el trámite en el plazo que le corresponde, las compañías telefónicas aplicarán una suspensión temporal del servicio y de los datos móviles en un lapso de 72 horas posteriores al vencimiento.

Durante este bloqueo, el teléfono solo permitirá llamadas a números de emergencia, atención ciudadana, al operador y la recepción de alertas sísmicas, recuperando la normalidad en cuanto se complete el registro.

Para cumplir con este requisito sin costo alguno, los propietarios de las líneas pueden realizar el proceso de forma digital en los portales oficiales de su operador o acudir de manera presencial a los centros de atención autorizados.

Los requisitos solicitados son una identificación oficial vigente, la CURP o RFC, y una validación de identidad mediante una fotografía del rostro. La CRT reiteró que los datos personales recabados quedarán bajo estricto resguardo de las empresas de telecomunicaciones, conforme a la legislación vigente en la materia.

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