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¿Trabajas el 16 de septiembre, cuánto te deben de pagar? esto dice la LFT

La fecha está contemplada en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que quienes tienen derecho a este descanso deben recibir su salario correspondiente.

Adriana Ochoa
10/09/26

FOTO: Luz Noticias.
FOTO: Luz Noticias.

El 16 de septiembre es uno de los días de descanso obligatorio en México, pero ¿qué pasa si te toca trabajar? La Ley Federal del Trabajo establece que debes recibir un pago adicional y, en términos prácticos, tu salario de ese día puede llegar a ser triple.

Este miércoles 16 de septiembre de 2026, México conmemorará un aniversario más del inicio de la Independencia, una fecha que además de estar marcada por las celebraciones patrias, representa un día de descanso obligatorio para los trabajadores.

La fecha está contemplada en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que quienes tienen derecho a este descanso deben recibir su salario correspondiente aun cuando no laboren.

Sin embargo, existen actividades que no pueden detenerse y trabajadores que deben prestar sus servicios durante esta jornada.

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¿Qué pasa si trabajas el 16 de septiembre?

Si tu patrón y tú acuerdan que debes trabajar durante este día de descanso obligatorio, el artículo 75 de la LFT establece que tienes derecho a recibir:

  • Tu salario diario normal.
  • Un salario doble adicional por el servicio prestado.
  • En total, el equivalente a tres veces tu salario diario.

Es decir, no se trata simplemente de recibir un pago doble. El salario correspondiente al día de descanso se mantiene y se suma un pago doble por haber trabajado.

¿Cuánto dinero recibirías?

El cálculo puede hacerse de una manera muy sencilla:

Salario diario × 3 = pago correspondiente por trabajar el 16 de septiembre.

Por ejemplo:

  • Si ganas $300 pesos diarios: recibirías $900 pesos.
  • Si ganas $400 pesos diarios: recibirías $1,200 pesos.
  • Si ganas $500 pesos diarios: recibirías $1,500 pesos.
  • Si ganas $600 pesos diarios: recibirías $1,800 pesos.

Por lo tanto, entre mayor sea tu salario diario, mayor será la cantidad que deberá reflejarse por laborar durante este día de descanso obligatorio.

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¿Y si ganas el salario mínimo?

Para 2026, el salario mínimo general es de $315.04 pesos diarios. Si una persona que recibe ese salario trabaja el 16 de septiembre, el cálculo sería:

  • $315.04 × 3 = $945.12 pesos.

En la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el salario mínimo es de $440.87 pesos diarios, el cálculo sería:

  • $440.87 × 3 = $1,322.61 pesos.

La regla de pago triple por laborar en un día de descanso obligatorio es confirmada por la PROFEDET.

¿El 16 de septiembre es obligatorio trabajar?

No para todos los trabajadores. El artículo 74 de la LFT establece que el 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio.

Esto significa que:

  • El trabajador tiene derecho a descansar.
  • Debe recibir su salario correspondiente al día.
  • Algunas empresas y actividades pueden requerir personal.
  • Cuando se labora, debe pagarse el salario normal más dos salarios adicionales.
  • El pago total equivale a tres salarios diarios.

La propia legislación establece que empleadores y trabajadores determinarán el número de personas que deberán prestar sus servicios durante estos días.

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¿Qué otros días son de descanso obligatorio?

La Ley Federal del Trabajo contempla varios días de descanso obligatorio durante el año:

  • 1 de enero.
  • Primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.
  • Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
  • 1 de mayo, Día del Trabajo.
  • 16 de septiembre, Día de la Independencia.
  • Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
  • 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • 25 de diciembre.
  • El día que determinen las leyes electorales para realizar jornadas electorales ordinarias.

¿Qué debes revisar en tu nómina?

Si trabajaste este 16 de septiembre, es importante revisar que el pago correspondiente aparezca correctamente en tu recibo.

Antes de dar por bueno el depósito, toma en cuenta:

  • ¿Tu salario diario está correctamente calculado?
  • ¿Se incluyó el pago correspondiente al día de descanso?
  • ¿Se agregó el doble por haber trabajado?
  • ¿El monto final equivale a tres salarios diarios?

Si el pago no corresponde a lo establecido por la ley, puedes solicitar orientación ante la PROFEDET, que ofrece asesoría laboral gratuita.

Así que este 16 de septiembre, mientras México celebra la Independencia, miles de trabajadores continuarán con sus actividades. Para ellos, la fecha no debe pasar como una jornada laboral cualquiera: la Ley Federal del Trabajo contempla una remuneración especial por trabajar durante este día de descanso obligatorio.

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