México
Suprema Corte: ¿qué comida chatarra no puede venderse en prepas y universidades?
Suprema Corte pone freno a la comida chatarra en prepas y universidades: estos son los productos que ya no podrán venderse.

La restricción también alcanza a estudiantes mayores de edad y a cafeterías universitarias. Las autoridades deberán priorizar alimentos saludables y evitar la venta y publicidad de productos con sellos de advertencia dentro de los planteles.
- La comida chatarra tiene cada vez menos espacio en las escuelas de México.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó los lineamientos federales que restringen la preparación, distribución, venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo perfil nutrimental en los planteles educativos, una medida que también aplica a preparatorias y universidades, incluso cuando sus estudiantes son mayores de edad.
La resolución, adoptada por el Pleno el 13 de octubre al resolver los amparos en revisión 127, 183 y 91, reafirma que la protección del derecho a la salud no termina al concluir la educación básica.
De acuerdo con el criterio de la Corte, las autoridades tienen facultades para establecer reglas alimentarias en los espacios educativos con el propósito de prevenir problemas de salud relacionados con una alimentación inadecuada.
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Con esta decisión, las cooperativas, cafeterías y establecimientos de venta de alimentos dentro de instituciones públicas y privadas deberán ajustarse a los criterios nutrimentales establecidos por las autoridades educativas y sanitarias.
¿Qué alimentos y bebidas están prohibidos en las escuelas?
La restricción se enfoca principalmente en productos que presentan sellos negros de advertencia en su etiquetado frontal por exceso de azúcares, sodio, calorías, grasas saturadas u otros componentes críticos, así como en aquellos que incluyen las leyendas precautorias contempladas por la normativa.
Entre los productos que no pueden venderse dentro de los planteles, cuando están comprendidos en los criterios de prohibición, destacan:
Bebidas azucaradas: refrescos, bebidas gaseosas, jugos industrializados, néctares, aguas de sabor procesadas y leches saborizadas.
Botanas industrializadas: papas fritas, frituras de maíz, chicharrones empaquetados, nachos y otras botanas con exceso de sodio o grasas.
Dulces y postres: golosinas, donas, pasteles, flanes, helados de crema y determinadas paletas.
Comida rápida: hamburguesas, hot dogs y pizzas que no cumplan con los criterios nutrimentales establecidos.
Otros productos: cacahuates fritos con sal, frutas en almíbar, cueritos y determinados productos elaborados con crema entera o media crema.
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La regulación también contempla restricciones para productos con cafeína o edulcorantes en los supuestos previstos por los lineamientos.
El alcance de la medida no depende únicamente del nombre del alimento. Su composición, sus ingredientes y el cumplimiento de los criterios nutrimentales son factores determinantes. Por ello, un platillo preparado dentro de una cafetería escolar puede quedar fuera de las opciones permitidas si incorpora ingredientes con sellos de advertencia o incumple las disposiciones aplicables.
La prohibición también alcanza a las universidades
Uno de los aspectos relevantes del fallo es que las reglas no se limitan a niñas, niños y adolescentes. También comprenden instituciones de educación media superior y superior, por lo que los estudiantes universitarios no quedan excluidos de esta política por haber cumplido 18 años.
La razón es que el objetivo de la regulación consiste en proteger la salud de la comunidad educativa dentro de los planteles, además de favorecer entornos que faciliten decisiones alimentarias más saludables.
Esto significa que las cafeterías y concesionarios deberán revisar sus productos, ingredientes y métodos de preparación para cumplir con las disposiciones vigentes. Asimismo, no podrán anunciar dentro de las escuelas los productos cuya publicidad esté restringida por los lineamientos.
Sin embargo, existe una diferencia importante: la medida no establece una prohibición general de consumir comida chatarra en todo México. Su alcance se concentra en la venta, distribución, preparación y publicidad dentro de los espacios educativos regulados.
Los estudiantes pueden llevar alimentos preparados desde casa, y las disposiciones descritas no contemplan una revisión generalizada de las loncheras como mecanismo de aplicación de la prohibición.
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¿Por qué la Suprema Corte avaló las restricciones?
La SCJN consideró que las medidas son compatibles con la Constitución y que la protección del derecho a la salud justifica la regulación de los alimentos ofrecidos en las escuelas.
Además, descartó que las restricciones eliminen la libertad de comercio o la libre concurrencia. Las empresas y proveedores pueden continuar operando fuera de los planteles o adaptar su oferta a los productos que sí cumplen con los criterios autorizados.
La resolución también establece que los contratos celebrados antes de la entrada en vigor de los lineamientos no eximen automáticamente a los proveedores de cumplir la normativa vigente, salvo los supuestos previstos en el régimen transitorio.
Una nueva oferta alimentaria en los planteles
Los lineamientos, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024, comenzaron a ser obligatorios el 29 de marzo de 2025. Su aplicación forma parte de la estrategia federal Vive Saludable, Vive Feliz y se relaciona con el eje de Vida Saludable de la Nueva Escuela Mexicana.
La política busca desplazar las opciones con bajo valor nutrimental y dar prioridad a alimentos naturales o mínimamente procesados, productos locales y de temporada, además de alternativas económicas y de calidad.
El reto para las instituciones educativas será adaptar sus cafeterías y cooperativas sin limitarse a retirar los productos prohibidos: también deberán ofrecer opciones accesibles, variadas y nutritivas que respondan a las necesidades de los estudiantes.
Con el respaldo de la Suprema Corte, las restricciones adquieren un fundamento jurídico reafirmado y extienden su alcance a todos los niveles educativos contemplados en la regulación.
La medida abre una nueva etapa para la alimentación escolar en México, en la que la disponibilidad de productos dentro de los planteles queda sujeta a criterios de salud pública y no únicamente a la demanda comercial.
La clave para estudiantes, padres de familia y proveedores es distinguir entre lo que puede venderse dentro de una escuela y lo que puede adquirirse fuera de ella: la regulación busca transformar la oferta alimentaria de los espacios educativos, no imponer una prohibición general sobre los hábitos de consumo de toda la población.
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