Sinaloa | Norte
Profepa aclara diferencias entre tala y poda en Ahome; solo especies nativas son competencia federal
El delegado de Profepa en Sinaloa brinda detalles sobre la remoción de árboles en Ahome y las especies afectadas.

Ante la creciente inconformidad ciudadana por la remoción y poda de árboles en distintos puntos de Ahome, el delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en Sinaloa, Marco Moreno León, aclaró que no todos los casos constituyen tala ilegal ni son competencia de la autoridad federal, pues depende del tipo de especie intervenida.
El funcionario informó que, hasta el momento, la dependencia solo ha recibido una denuncia formal relacionada con una presunta afectación en el ejido 9 de Diciembre. El reporte fue turnado a las oficinas en Culiacán y será canalizado al área de inspección para programar una visita de verificación, a fin de determinar si hubo daño a vegetación forestal nativa.
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"Ahí en el ejido 9 de diciembre, si llegó una denuncia, se va a revisar, porque ahí puede haber álamos que pudieran haber sido afectados y lo vamos a revisar", expresó.

En cuanto al caso que circuló durante el fin de semana sobre la poda o retiro de árboles en el exterior de la Dirección de Vialidad y Transportes en Los Mochis, Moreno León señaló que Profepa no ha recibido ninguna denuncia oficial. Explicó que, de acuerdo con las imágenes difundidas, los ejemplares parecen ser olivos, una especie introducida que no está considerada de interés forestal federal.
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Diferenciación entre especies nativas e introducidas y su regulación
Detalló que especies como el olivo o el eucalipto no son nativas y, por tanto, su poda o retiro no requiere autorización de Profepa ni constituye un delito ambiental de competencia federal, caso contrario a ejemplares como los álamos y otras especies propias de la región sí pueden estar protegidas y, en caso de afectación, ameritan inspección y posibles sanciones.
"Muchas veces, este, hay tala o poda de árboles que son árboles introducidos, que parece que es el caso de ahí. Por ejemplo, todos los olivos, los olivos negros, todos esos, ese tipo de vegetación no son vegetación de interés forestal, son especies introducidas, no es un delito removerlas, pues, ni podarlas, ni quitarlas porque no son especies nativas", expresó.

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El delegado subrayó que gran parte de la confusión surge por la falta de información, ya que en muchos fraccionamientos predominan árboles introducidos que, aunque son de gran tamaño, no están sujetos a regulación federal. No obstante, aclaró que los ayuntamientos pueden contar con normativas propias en materia de parques y jardines.
Finalmente, reiteró que existe coordinación con el Ayuntamiento de Ahome, el cual incluso presentó la denuncia correspondiente al ejido 9 de Diciembre ante la instancia federal.

Las inspecciones, puntualizó, son realizadas exclusivamente por personal de Profepa, por lo que llamó a la ciudadanía a identificar correctamente el tipo de especie antes de presentar una denuncia y acudir a la autoridad competente según el caso.
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