México
Modalidad 40 del IMSS: ¿a quiénes afectan los nuevos cambios en 2026?
Las nuevas disposiciones limitan el salario de incorporación, eliminan altas retroactivas y exigen trámites digitales.

La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene nuevas reglas desde el 22 de octubre de 2026, luego de que el Consejo Técnico del organismo aprobara medidas temporales para modificar las condiciones de incorporación a este esquema, también conocido como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
De acuerdo con el documento oficial, las medidas tienen carácter temporal y estarán vigentes mientras el Instituto realiza un análisis sobre el efecto financiero de esta modalidad.
¿Qué establece el nuevo acuerdo de la Modalidad 40 del IMSS?
Las nuevas disposiciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establecen cambios en las condiciones para incorporarse a la Modalidad 40, entre ellos, un límite al salario con el que podrán registrarse los trabajadores, la eliminación de nuevas altas retroactivas y la obligación de realizar el trámite mediante mecanismos digitales.
Además, el acuerdo restringe la contratación simultánea de esta modalidad con el esquema de aseguramiento para trabajadores independientes y establece que quienes ya estaban inscritos podrán conservar las condiciones contratadas hasta que concluya su periodo de aseguramiento.

Las medidas tienen carácter temporal, mientras el IMSS realiza una evaluación sobre el impacto financiero de la Modalidad 40.
¿Quiénes son los trabajadores afectados por los cambios en la Modalidad 40?
De acuerdo con el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, estos son los principales grupos que deberán considerar las nuevas disposiciones:
- Trabajadores que buscan inscribirse por primera vez: quienes soliciten incorporarse a la Modalidad 40 a partir del 22 de octubre de 2026 deberán cumplir con las nuevas condiciones de salario y aseguramiento.
- Personas que buscan aumentar su salario de cotización: ya no podrán elegir libremente cualquier salario para cotizar. Deberán considerar el último salario base de cotización que tenían registrado al causar baja del régimen obligatorio, o hasta ese importe más una UMA.
- Trabajadores que buscan incorporarse con efectos retroactivos: las nuevas altas tendrán efectos únicamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud, por lo que no podrán solicitar que su aseguramiento comience en una fecha anterior.
- Personas cuyo periodo contratado está por terminar: quienes ya estaban inscritos podrán conservar sus condiciones actuales hasta concluir el periodo contratado;
- si después desean reincorporarse, deberán sujetarse a las nuevas disposiciones.
¿Quiénes no tendrán cambios inmediatos?
Las personas que ya estaban inscritas en la Modalidad 40 cuando entró en vigor el acuerdo podrán continuar bajo las condiciones que contrataron hasta que termine ese periodo.
¿Ya no se podrán pagar semanas retroactivas?
Otro de los cambios establecidos por el Consejo Técnico del IMSS es que los nuevos aseguramientos tendrán efectos únicamente a partir de la fecha en que la persona presente su solicitud de incorporación.
Esto significa que quienes busquen ingresar a la Modalidad 40 ya no podrán solicitar que su aseguramiento comience en una fecha anterior para cubrir periodos retroactivos.
La disposición puede afectar a trabajadores que tenían previsto pagar cuotas correspondientes a meses anteriores a su solicitud para continuar con su cotización.
¿Los trabajadores independientes podrán contratar la Modalidad 40?
El acuerdo también establece que las personas que se encuentren inscritas o se incorporen al esquema de aseguramiento para personas trabajadoras independientes, previsto en la fracción I del artículo 13 de la Ley del Seguro Social, no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
El documento precisa que el esquema para trabajadores independientes, a diferencia de la Modalidad 40, permite continuar con el aseguramiento y acceder a las prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Por ello, las personas que trabajan por cuenta propia deberán considerar las diferencias entre ambas opciones antes de elegir el mecanismo mediante el cual desean continuar aseguradas.
¿La inscripción a Modalidad 40 será únicamente por internet?
Sí. El acuerdo instruye a las áreas de Incorporación y Recaudación, así como de Innovación y Desarrollo Tecnológico del IMSS, a realizar los ajustes necesarios para que la inscripción a la Continuación Voluntaria se efectúe exclusivamente mediante mecanismos digitales.
El objetivo señalado en el documento es garantizar la trazabilidad y consistencia de los registros afiliatorios.
También instruye al Instituto a diseñar un canal de atención para revisar casos especiales relacionados con la aplicación de estas medidas.
¿La Modalidad 40 del IMSS desaparecerá?
El acuerdo publicado en el DOF no establece la desaparición de la Modalidad 40. En cambio, ordena realizar una evaluación sobre su impacto en las finanzas del Instituto.
Para ello, la Dirección de Finanzas del IMSS tendrá un plazo máximo de seis meses, contado a partir de la emisión del acuerdo, para elaborar el análisis correspondiente.
Posteriormente, la Dirección Jurídica contará con un plazo de hasta seis meses, a partir de la recepción de los resultados, para coordinar una propuesta de modificación a las disposiciones normativas que deberá someterse a consideración del Consejo Técnico.
Mientras se desarrolla ese proceso, se aplicarán las medidas temporales establecidas en el acuerdo.
De esta manera, los principales cambios se concentran en las condiciones para nuevas incorporaciones y reincorporaciones, el salario con el que podrán cotizar los trabajadores, la fecha de inicio del aseguramiento y los mecanismos para realizar el trámite.
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