México
¿Trabajas el 16 de septiembre?; esto te deben de pagar por ese día según la LFT
A diferencia de otras conmemoraciones oficiales, esta fecha no se recorre al lunes más cercano, pues se mantiene fija por su importancia histórica.

FOTO: Luz Noticias.
Con la llegada de septiembre, ya se siente el fervor de las fiestas patrias, miles de trabajadores en México se preguntan cuánto deben recibir si su empresa les solicita laborar el próximo martes 16 de septiembre, fecha en la que se conmemora el 215 aniversario de la Independencia de México.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio. A diferencia de otras conmemoraciones oficiales, esta fecha no se recorre al lunes más cercano, pues se mantiene fija por su importancia histórica.

¿Cuánto se debe pagar si se trabaja el 16 de septiembre?
El artículo 75 de la LFT establece que, en caso de que un empleado preste sus servicios en un día feriado oficial, la empresa deberá cubrir:
El salario correspondiente al día de descanso obligatorio.
Más un pago doble por la jornada trabajada, lo que en total equivale a un salario triple.
Por lo tanto, si un trabajador acepta laborar el 16 de septiembre, al final de la jornada recibirá tres veces su salario diario ordinario.
Cabe señalar que, si el feriado coincidiera con un domingo, se sumaría además una prima dominical equivalente al 25% del salario, como lo estipula el artículo 71 de la LFT. Sin embargo, este año no aplica, ya que la fecha caerá en martes.
¿Qué otros días de descanso obligatorio restan en 2025?
La Ley Federal del Trabajo contempla aún tres fechas de asueto oficial para el resto del año:
Martes 16 de septiembre: Independencia de México.
Lunes 17 de noviembre: en conmemoración de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
Jueves 25 de diciembre: Navidad.
Orientación laboral
En caso de dudas sobre los derechos de los trabajadores, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) pone a disposición los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, así como el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx para recibir asesoría gratuita.