México
¿Un patín eléctrico puede circular por carretera? Esto debes saber
En los últimos años las ciudades se han llenado de vehículos de movilidad personal de todo tipo, como patinetes eléctricos, monociclos, pero, hay normas que deben tomarse en cuenta.

Los patinetes eléctricos ya están catalogados por la Dirección General de Tráfico (DGT) como Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Según la DGT, los VMP son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Además en los últimos años las ciudades se han llenado de vehículos de movilidad personal de todo tipo, como patinetes eléctricos, monociclos y segways, sin embargo, existen ciertas normas que deben tomarse en cuenta.

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¿Un patín eléctrico puede circular por carretera?
La respuesta depende de las leyes y regulaciones de cada país o región. En general, los patines eléctricos están diseñados para uso en áreas urbanas, parques o caminos específicos, y no siempre están permitidos en carreteras públicas.

Los patines eléctricos están sujetos a restricciones de velocidad en México
En México, por ejemplo, los patines eléctricos pueden estar sujetos a restricciones en función de su velocidad y características, como límites de velocidad que varían según la legislación local, y pueden requerir equipamiento adicional como luces o frenos para circular de manera segura.
Además, es posible que solo se permitan en áreas específicas como parques o zonas peatonales, y no en carreteras principales.
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Antes de utilizar un patín eléctrico en una carretera, es recomendable consultar las leyes y regulaciones locales para asegurarse de que se está cumpliendo con los requisitos legales y de seguridad.
Hay diferentes normativas en los Ayuntamientos
La normativa local de cada Ayuntamiento puede permitir algunas excepciones para los patinetes eléctricos, pero hay reglas generales establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Los patinetes eléctricos pueden circular en carriles bici y vías ciclistas designadas para bicicletas o con señalización para patinetes, así como en calles o áreas urbanas con límite de velocidad de 30 km/h o menos, siempre que no exista otro tipo de restricción local específica, y en parques y áreas recreativas, respetando siempre las normativas locales.
Sin embargo, en la mayoría de los casos están prohibidos en aceras y zonas peatonales, carreteras interurbanas, túneles urbanos, autopistas y autovías, y vías ferroviarias o de transporte público.
Algunos ayuntamientos pueden tener normativas específicas que permitan circular en ciertas condiciones, como en carriles multimodales con velocidad limitada a 30 km/h o inferior, donde pueden circular bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) con prioridad, o en carriles bici con velocidad máxima permitida de 10 km/h si están situados en la acera y de 30 km/h si se encuentran en la calzada.
También puede estar permitido circular por zonas compartidas con peatones, siempre que se respeten las normas de velocidad y prioridad.
Es fundamental consultar las ordenanzas municipales específicas de cada ciudad o pueblo para conocer las normativas y excepciones aplicables a los patinetes eléctricos. La DGT también aconseja utilizar casco y elementos de protección, así como luces y chalecos reflectantes en situaciones de baja visibilidad.
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